ÚNICO: DECRETA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano ELYS JOSÉ BARRIO GIL, de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 18-03-1981, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-14.418.522, residenciado en el Centro comercial el Pinar, Av. Principal, casa NJ 110, frente de Villa Country , San Cristóbal, estado Táchira, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la derogada Ley Orgánica Contra el trafico Ilícito y consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del estado Venezolano
Notifíquese a la Fiscal (A) Undécimo del Ministerio Publico Abg. CARMERN YUDILA GARCÍA, al defensor público penal Abg. JUAN CARLOS HERNANDEZ, líbrense la correspondiente Orden de Aprehensión al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Regístrese y déjese copia en el archivo del Tribunal.