PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN de la Fiscalía del Ministerio Público en contra del imputado: GABRIEL DE JESUS LEAL PAREDES, de nacionalidad Venezolano, natural de Barinas, Estado Barinas, nacido en fecha 08-09-1.988, de 24 años de edad, titular de la cédula de la cédula de identidad N° V- 19.783.868, soltero, profesión u oficio Obrero, hijo de Iris Isabel Paredes Valero (v) y de Nelson Jose Leal (v), con residencia en Barrancas, calle España, entre Avenidas Tabanaco y Palacio Los Andes, casa Nº 618, Municipio Cruz Paredes, Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión de los delitos de ALMACENAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, previsto y sancionado en el articulo 83 de la Ley Sobre Sustancias Materiales y Desechos Peligrosos, en perjuicio EL ESTADO VENEZOLANO. cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar explanados en la resolución acusatoria, de conformidad con el articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE ADMITEN LAS PRUEBAS EN SU.....