"...este Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas, supra-identificado, vista la solicitud efectuada por la Parte Demandante, ACUERDA conferir la Guarda y Custodia de los bienes muebles Secuestrados Preventivamente en este acto al ciudadano CARLOS ADOLFO OVALLES BECERRA, ya identificado, en su carácter de Parte Demandada, por ser la persona en poder de quien se encontraban los bienes muebles para el momento de la ejecución, conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley sobre Depósito Judicial, a quien se le imponen de los deberes y obligaciones relacionados con la referida guarda y custodia debiendo proceder en el ejercicio de la misma con la diligencia de un buen padre de familia, quien estando presente acepta la misma y declara recibir conforme los bienes muebles indicados en el informe del perito presentado en este acto, y se dan aquí por reproducidos, de la presente acta. Asimismo, con respecto a la solicitud formulada por la parte Actora referida a mantener la presente comi.....