Siendo las 11:15 a.m. se traslado el Tribunal Ejecutor y se constituyó en el estacionamiento cuyo desalojo se ordenó en la presente causa. En presencia de la parte actora Abogada Ligia Margarita Omaña de Medina, C.I. V-2.806.927, IPSA 9.991, se notificó al ciudadano: Ronald Andrés Mora García, C.I. V-19.026.988 se le informó el derecho que tiene de hacerse asistir del abogado y luego de conversar con la demandante solicitó que den hasta el día 06-03-2012 para quitar la estructura, retirar la maquinaria y desocupar el garaje, la cual fue aceptada por la demandante, la cual pidió al Tribunal suspender la practicar de la medida hasta la fecha indicada y así se acordó; en consecuencia se regresó a la sede dejando constancia que los funcionarios policiales Gregory José Gáfaro Suescún, C.I V-18.959.774; Neurys Ender Ditta Franco, C.I. V-18.991.643 y José Alberto Casanova Orduz, C.I. V-18.162.198, acompañaron al Tribunal durante el acto, se leyó y firmó el acta en señal de conformidad.