Este Tribunal le informa al notificado en esta acta que debe desocupar el inmueble donde se encuentra constituido este Tribunal y entregarlo totalmente desocupado de manera voluntaria. En este estado y siendo las tres y quince minutos de la tarde (03:15 p.m.) el ciudadano Andrés Pernía, notificado, ya identificado y ocupante del inmueble objeto de la medida comisionada, hace entrega del mismo, dejándolo libre de personas y cosas y haciendo entrega al Tribunal de las llaves que abren las puertas del inmueble. Este Tribunal procede a entregar tales llaves al Abogado Patrocinio Mejía, antes identificado, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora y así mismo procede a hacer entrega del inmueble objeto de la medida comisionada al apoderado judicial de la parte actora