Seguidamente el Tribunal visto lo expuesto por la parte solicitante de la presente Entrega Material de Bienes Muebles, acuerda suspender la misma en el dia de hoy, asi mismo, acuerda fijar nueva oportunidad para las (10:00 a.m), del quinto día de despacho siguiente a la notificación del vendedor y que conste en autos la misma, a los fines de llevar a cabo la presente entrega material, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 929 del Código de Procedimiento Civil