el Tribunal declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el vehículo antes descrito y señalado por la parte actora, hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA BOLIVARES, (Bs. 35.970,00) monto éste decretado por el Tribunal de la Causa, en consecuencia se declara su DESPOSESIÓN JURIDICA de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil y le hace entrega del mismo al Depositario Judicial designado, quien lo recibe conforme en las condiciones en que se encuentra.