Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 08/02/2011

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristobal, Torbes, Cardenas, Guasimos, Fernando Feo, Libertador y Andrés Bello
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 5181-10 N° Sentencia : 2-2 Fecha: 08/02/2011
Procedimiento:
Cobro De Bolívares (Intimación)
Partes:
LAURA ELENA PARADA PÉREZ/ EISON RUEDA MONSALVE
Resumen:
En este estado el Tribunal declara legalmente Embargados Preventivamente los bienes muebles señalados y descritos por la parte actora, en consecuencia se declara su Desposesión Jurídica de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 de Código de Procedimiento Civil; y conforme a lo solicitado por la parte actora acuerda dejar bajo la guarda y custodia de los bienes muebles a la Notificada Flor de Rueda, ya identificada, quien estando presente manifestó aceptar tal designación y fue impuesta de las obligaciones y deberes inherentes a la misma, en el entendido de que no podrá movilizar dichos bienes de esta dirección sin autorización por escrito del Tribunal, so pena de incurrir en las responsabilidades civiles y penales que determina la Ley; quedando el depositario designado en la obligación de ejercer la supervisión periódica a los bienes en esta dirección.
Juez/Ponente:
Rosa Mireya Castillo Quiroz
Organo:
Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristobal, Torbes, Cardenas, Guasimos, Fernando Feo, Libertador y Andrés Bello
arriba

N° Expediente : 5182-10 N° Sentencia : 1-2 Fecha: 08/02/2011
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Por Intimacion
Partes:
LAURA ELENA PARADA PÉREZ/NERSA COROMOTO VIVAS
Resumen:
En este estado el Tribunal declara legalmente Embargados Preventivamente los bienes muebles antes señalados y descritos por la parte actora, en consecuencia se declara su Desposesión Jurídica de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 de Código de Procedimiento Civil; y conforme a lo solicitado por la parte actora acuerda dejar bajo la guarda y custodia los bienes muebles embargados en la persona de la ciudadana Flor de Rueda, ya identificada, quien estando presente manifestó aceptar tal designación y fue impuesta de las obligaciones y deberes inherentes a la misma.
Juez/Ponente:
Rosa Mireya Castillo Quiroz
Organo:
Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristobal, Torbes, Cardenas, Guasimos, Fernando Feo, Libertador y Andrés Bello
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados