SE DECLARO: PRIMERO: Parcialmente Con Lugar, la Obligación de Manutención; incoada por la ciudadana Gisela Victoria Morales Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.161.424, en contra del ciudadano Osman Adán Corredor Colmenares, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.756.807, para su hijo C.A.C.M de dos (2) años de edad quedando la Obligación de Manutención establecida en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 400,oo), los cuales deben ser descontados por nomina y depositados en la cuenta de ahorro que ordene este Tribunal aperturar en el Banco Bicentenario y para el mes de diciembre en la cantidad adicional de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,oo); y para el mes de septiembre la cuota adicional de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,oo) para útiles y uniformes escolares del maternal los cuales serán descontados por nomina. Una vez que quede definitivamente firme la presente decisión se ordena librar ofi.....