SE DECLARO: PRIMERO: Parcialmente Con Lugar, la Obligación de Manutención; incoada por la ciudadana BLANCA NIDIA MALDONADO SERRANO, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía C.C 60438347, en contra del ciudadano MARIO DANILO CORREDOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.688.391, padre de una (01) niña de un (01) año y tres meses de edad quedando la Obligación de Manutención establecida en la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 500,oo), los cuales deben ser depositados en la cuenta de ahorro que ordene este Tribunal aperturar en el Banco Bicentenario y para el mes de diciembre en la cantidad adicional de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,oo) para la ropa y zapatos de navidad. Una vez que quede definitivamente firme la presente decisión debe comenzar a depositar el padre.
SEGUNDO: En cuanto a los gastos medicinas, como consultas médicas, medicinas, exámenes laboratorio, cirugía, hospitalización de la niña se insta al.....