DECISION
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal del Municipio Pedro María Ureña, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la Acción de Amparo interpuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO CASTELLANOS MEDINA, en su carácter de Sindico Procurador del Municipio Pedro María Ureña, en contra del Concejo Municipal
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.-
Dada, firmada y sellada, en la sala del despacho del Juzgado del Municipio Pedro María Ureña, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los veinticinco (25) días del mes de Abril del año dos mil seis.-196° Años de la Independencia y 147° años de la Federación.-
La jueza Provisorio,
Ligia Rincón de Durán.-
El secretario,
José Rafael Jaimes.-
En esta misma fecha previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó la .....