: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana MARÍA PATRICIA GIL PIESCHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.978.739, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, representada por su apoderado especial ciudadano JOSÉ PIESCHACÓN ARENAS, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.058.298, según poder otorgado en fecha 25 de julio de 1.994, bajo el N° 52, Tomo 32, llevados por ante la Notaria Pública de San Antonio, Estado Táchira, representado por el abogado PABLO ANDRÉS ROMERO FERREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.694.422, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 136.796, autenticado en fecha 1 de octubre de 2.012, bajo el N° 52, Tomo 32, debidamente protocolizado por ante la Oficina Notarial de San Antonio, Estado Táchira....