DECLARA CON LUGAR, el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común de los ciudadanos MARBIN JESUS FARIAS GONZALEZ y GLORELYS CAROLINA RAMIREZ CHACON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.818.821 y V-12.554.519 en su orden, domiciliados en el Municipio Libertad del Estado Táchira, conforme lo dispone el artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos mediante acta de matrimonio N° 128, de fecha 30 de Diciembre de 1992, ante la Prefectura del Municipio Libertad del Estado Táchira.