PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud por AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA presentada por la ciudadana LISBETH CAROLINA GOMEZ ZORRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.157.918 y domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira; contra el ciudadano RENNY ALEXANDER GONZALEZ TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.421.398 y con domicilio en el Municipio Libertad del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en la cantidad de CIENTO SESENTA BOLÍVARES (Bs.160,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario a partir del presente mes de Marzo de 2008, en la cuenta de ahorros correspondiente.
TERCERO: En cuanto a los gastos propios de las temporadas escolar y de navidad, se fija una cuota de DOSCIENTOS OCHENTA BOLÍVARES (Bs.280,00) cada una, adicionales a la cuota mensual, pagadera en los meses de septiembre y diciembre.
CUARTO: En cuanto a los gastos de asiste.....