Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de fijación de Obligación de Manutención presentada por la ciudadana: SANDRA KARINA GAONA VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.089.813, para sus hijos: ANDERSON SEBASTIÁN, KEINER ALEXNDER, NECKER EDUARDO y ABRAAN GARCÍA GAONA, y decide:
PRIMERO: Se establece como Obligación de Manutención la cantidad de UN MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000.00) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para el mes de agosto de cada año el obligado cubrirá la totalidad de los gastos de útiles y uniformes escolares.
TERCERO: Se establece para el mes de diciembre de cada año el obligado deberá cubrir la totalidad de los gastos de fin de año.
CUARTO: En cuanto a los gastos médicos y medicinas, .....