CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN
En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación de Manutención suscrita entre las partes JOHANNA YAMARU PERNIA BECERRA y JOSE SANTIAGO LOPEZ inserta en el folio (f. 13), por ante por ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Municipio Libertador del Estado Táchira, de fecha 30 de Julio de 2008, donde establecieron en el particular Cuarto: el ciudadano JOSE SANTIAGO LOPEZ, queda comprometido a cumplir con la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN para su hija DAIRY YOHANA LOPEZ PERNIA, aportando de forma mensual, la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 250,oo), y con la madre de su hija .....