CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 08 de noviembre de 2006, oportunidad fijada para el acto conciliatorio de fijación de la obligación alimentaria, comparecieron los ciudadanos: MARÍA DEL CARMEN OLACHICA HERNÁNDEZ, CEDRI ATIA, con el carácter de demandante y demandado respectivamente, quienes convinieron en la fijación del monto de la obligación alimentaria, asimismo la forma y la oportunidad del pago de la misma, en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación alimentaria, de fecha 08 de noviembre de 2006, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se acu.....