Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a los Ciudadanos: AMADA AURORA URBINA DE DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 14.378.998; THAIS DEL CARMEN URBINA SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 16.421.476; DIANA CAROLINA URBINA SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 17.492.838 y JOHANA ANDREINA URBINA SÁNCHEZ; en su condición de hijos, COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus LUIS ANTONIO URBINA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 3.008.413.
Conforme al Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la parte interesada y déjese en su lugar copi.....