Se da inicio al acto por el Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano DANIEL ALEJANDRO QUERALES VARELA, quien manifestó: "Que ofrezco como obligación de manutención la cantidad de cuatrocientos bolivares (Bs. 400°°) y cuota para el mes de agosto en la cantidad de quinientos bolivares (Bs. 500°°) y en el mes de diciembre en la cantidad de ochocientos bolivares (Bs. 800°°), cantidades que me comprometo a depositar en la cuenta que ordeno aperturar el Tribunal en el Banco Bicentenario. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana ZULEIMA MILDREE PUENTES VILLAMIZAR, quien manifestó "Que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de nuestros hijos y que cumpla con responsabilidad y puntualidad con el acuerdo efectuado en el día de hoy, así mismo me comprometo a informar al Tribunal si el obligado no cumple en el lapso de dos (2) meses." Es todo. En este estado el Tribunal les informa a las partes que los gastos médicos y d.....