Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana IRIS YOLEIDA PABON PABON, quien manifestó: "Que efectivamente mi hijo no se encuentra estudiando actualmente y esta trabajando". Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano LUIS ANTONIO SEPULVEDA QUINTERO, quien manifestó" Que en virtud de que su hijo no se encuentra estudiando solicita que sea rebajada la obligación de manutención". Es todo. En este estado el Tribunal le hace saber al ciudadano Luis Antonio Sepúlveda Quintero, que la cuota de obligación de manutención no se puede desmejorar y que la misma cubre las necesidades de los dos (2) hijos restantes, por cuanto es una obligación indivisible y la ley no permite desmejorar los beneficios para sus hijos. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA.....