Por las razones antes expuestas: ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Aumento de Pensión de Alimentos formulado por la Ciudadana: BLANCA ISABEL TORRES en contra del Ciudadano: REIBER YUNAY ALARCÓN CÁRDENAS, en beneficio del niño: REIBER ALEJANDRO ALARCÓN TORRES.
SEGUNDO: Este Tribunal fija como Aumento en la cuota mensual de Pensión de Alimentos para el niño: REIBER ALEJANDRO ALARCÓN TORRES, el incremento de la pensión mensual actual de Cien Mil Cuatrocientos Cuarenta Bolívares (Bs. 100.440,00) en Cuarenta y Nueve Mil Quinientos Sesenta Bolívares (Bs. 49.560,00), para un total de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 150.000,00) y las Cuotas Extraordinarias en los meses de Agosto y Diciembre actualmente en Ciento Ochenta Mil Ochocientos Ochenta Bolívares (Bs. 180.880,00), se .....