Se da inicio al acto por la ciudadana Juez. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano LUIS FELIPE SIERRA DAZA, quien manifestó lo siguiente: "Que ofrece como obligación de manutención a la cantidad de setecientos bolívares (Bs. 700°°) cantidad que me comprometo a depositar en la cuenta que aperturo el Tribunal de la cual estoy tomando debida nota y en cuanto a las cuotas extraordinaria para el mes de agosto, me comprometo a cubrir los gastos de mis tres (3) para útiles escolares, uniforme y calzado y diciembre a cubrir los gastos de ropa, calzado y regalo." Es todo. Seguidamente Se le concede el derecho de palabra a la ciudadana ALIX NIEVES SANTOS SUAREZ, quien manifestó "Que estoy de acuerdo con lo expuesto por el padre de sus hijos." Es todo. Así mismo se les informa a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser cubiertos en igual de condiciones, es decir, el 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este.....