Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JAIME ALBERTO PEREZ MELENDEZ, quien manifestó "Estoy De acuerdo con lo solicitado por la ciudadana Griselda Milagros Ramírez Hernández, en cuanto a la obligación de manutención para mi hijo, en la cantidad de quinientos bolívares (Bs. 500°°) mensuales y cuotas extraordinarias para los meses de septiembre y diciembre en la cantidad de mil bolívares (Bs. 1000°°), los cuales me comprometo a depositar en la cuenta que ordeno aperturar el Tribunal, en Banfoandes.". Es todo. Seguidamente Se le concede el derecho de palabra a la ciudadana GRISELDA MILAGROS RAMIREZ HERNANDEZ, quien manifestó "Que solicita al ciudadano Jaime Alberto Pérez Meléndez que cumpla con puntualidad y responsabilidad la obligación de manutención a favor de nuestro hijo". Es todo. En este estado el Tribunal les informa a las partes que los gastos correspondientes de medicina y medico deben ser cubiertos en un 50% por cada uno de los progenitores. En virtud.....