EN RAZÓN A LAS CONSIDERACIONES ANTERIORMENTE EXPRESADAS, ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA, que por Desalojo intentara el Ciudadano PABLO ENDER PINZON PARRA, venezolano, mayor de Edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.109.842, domiciliado en el Bloque 20 apartamento Nº 01-05. Urbanización La Colonia II, Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira; en contra de la Ciudadana: CARMEN TERESA CASTELLANOS HERNÁNDEZ, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.145.683, domiciliado en la calle 12 entre avenidas 12 y 13 Nº 12-10, centro de esta ciudad de Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada Ciudadano: CARMEN TERESA CASTELLANOS HERNÁNDEZ, ya identificada, al desalojo del inmueble ubicado en la calle 12 entre avenidas 12 y 13 Nº 12-10, centro de e.....