"..PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud de AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana ANGELA MARIA CELIS SANCHEZ, venezolana, titular de la cedula de identidad numero V-19.865.819, domiciliada en La Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira. Actuando en nombre y representación de sus hijos xx.
SEGUNDO: Se condena al ciudadano JOSÉ GREGORIOGARCÍA GÓMEZ, venezolano, de cédula de identidad N° V-17.497.894, domiciliado en La Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira, a pagar para sus hijos xx, como Aumento de la Obligación de Manutención, la cantidad de MIL CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 1.100,00), a partir del mes de NOVIEMBRE de 2012. Dinero que deberá ser pagado o depositado dentro de los primeros cinco días de cada mes.
TERCERO: En cuanto a los gastos de atención médica y medicinas, se establece que serán compartidos por ambos padres por partes iguales.
CUARTO: Se condena al ciudadano JOSE GREGORIO GARCÍA GOMEZ, a cancelar la cant.....