"... Con los elementos que cursan en las actas procesales, este Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana CRISTINA CHONA VALDERRAMA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-27.642.219, mayor de edad y hábil, domiciliada en el Centro Poblado de Las Mesas, casa Nº 185 a tres cuadras del único pool de esa zona, Municipio Antonio Rómulo Costa del Estado Táchira, actuando en nombre y representación de su hijo XX (02 años de edad).
SEGUNDO: Se establece como AJUSTE DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION que el obligado CARLOS ANDRES VILLAMIZAR VERA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.350.911, debe pagar para su prenombrado hijo, la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 800,oo) mensuales, ó la cantidad de .....