este JUZGADO DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia Conciliatoria y se le imparte Fuerza Ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Se fija por concepto de la OBLIGACION DE MANUTENCION la suma DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00) quincenales, para un total de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) MENSUALES, los cuales serán depositados en una cuenta bancaria que se ordenará abrir.
SEGUNDO: En el mes de AGOSTO inicio del año escolar el padre y la madre se comprometen a comprar los uniformes y la madre los útiles escolares. TERCERO: En el mes de DICIEMBRE el padre y la madre, se comprometen a comprar los estrenos del día 24 y los del día 31 de cada año, en lo atinente al regalo de nav.....