este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando establecido:
PRIMERO: Se AUMENTO la Obligación de Manutención a la suma de CUATROCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs.420, 00) mensuales.
SEGUNDO: En el mes de AGOSTO el padre se compromete a comprar los Uniformes Escolares y la madre Útiles Escolares.
TERCERO: En el mes de DICIEMBRE el padre comprara la ropa de los días 24 y 31 a la niña, y la madre comprara los zapatos y el regalo navideño.
CUARTO: Ambos padres cancelaran el 50% de los gastos médicos.
QUINTO: Notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico Especializado en la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
SEXTO: En caso de incu.....