este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: El cumplimiento de las cantidades ofrecidas por el padre de manera provisional, o sea la suma de CINCUENTA MIL BOLIVARES (BS. 50.000,00) mensuales como pensión, más la suma de MIL BOLIVARES (BS. 1.000,00) diarios para las meriendas para un total de VEINTICUATROMIL BOLIVARES (BS. 24.000,00) y la suma de TREINTA MIL BOLIVARES (BS. 30.000,00) para el pago de transporte de su hija ETYPHANY JUOSEEL VILLAMIZAR SANDOVAL.
SEGUNDO: Citar a la madre de la niña mencionada Ciudadana TRINA SANDOVAL, para llevar a cabo un acto conciliatorio y determinar en forma definitiva el monto de la misma.
TERCERO: DECLARAR CON LUGAR la extinción de la obligación alimentaría de la adolescente CRISTHYEL NOLBERLYN VILLMIZAR SANDOVAL, por haber alcanzado la mayoría de edad, con la expresa mención de que si i.....