este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA el acuerdo realizado y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: Se fija por concepto de OBLIGACION DE MANUTENCION la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,00) MENSUALES que serán depositados en una cuenta de ahorros que el Tribunal acordará abrir para tal fin, en la Entidad Bancaria Bicentenario.
SEGUNDO: Para los útiles escolares y uniformes cada padre aportara el 50% de los gastos, se deja claro que por este año 2010 el padre pagará la suma de cuatrocientos sesenta y seis bolívares ya que la madre compro los útiles y uniformes y consigno las facturas.
TERCERO: La cuota de útiles y uniformes se establece para el próximo año en la suma de CUATR.....