este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUJDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia Conciliatoria y se le imparte carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Se fija por concepto de OBLIGACION DE MANUTENCION, la suma de: CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) MENSUALES, los cuales serán depositado los días 08 de cada mes, en la cuenta que el Tribunal mandara aperturar.
SEGUNDO: En época de navidad el padre se compromete a cancelar como cuota extraordinaria la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00) para los estrenos del día 24 de Diciembre y la madre comprara los estrenos del día 31, en lo atinente al regalo cada padre se compromete a comprar un regalo cada uno.
TERCERO: E.....