SE HOMOLOGO EL CONVENIMIENTO, se fijo en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,oo), MENSUALES, los cuales los depositará en forma mensual a la madre de sus hijos, en cuanto a los demás gastos relacionados con ropa, zapatos, medicinas y demás gastos que se generen serán compartidos en un 50% por cada progenitor. TERCERO: Se acuerdan dos bonos de igual cantidad a la mensualidad, para los meses de septiembre y diciembre que servirán para ayudar a cubrir los gastos escolares y decembrinos CUARTO: Dicho monto se aumentara anualmente en un 20% de acuerdo a los índices de inflación que emita el banco central de Venezuela.