Se homologo el convenimiento, Se fija la Obligación de manutención a partir de la presente fecha en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (BS. 250,00) mensuales, En cuanto a los gastos de medicina, medico, uniformes, útiles escolares, gastos decembrinos y demás gastos que se generen serán compartidos en un 50% por ambos progenitores tal y como fue acordado por los mismos en el Acta Que riela al folio (36), se acuerda igualmente que las visitas con su hijo serán siempre y cuando esta apto y en condiciones de poder compartir con el, que lo buscara los días sábado en la mañana y se lo entregara en la tarde a la madre de mi hijo en el respectivo hogar de la misma,