Primero: Se declara Parcialmente Con Lugar el Aumento de la Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana ANA YSABEL ACUÑA MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.344.024, residenciada en la calle 2, casa N° 4-40, Santa Bárbara Sector Centro, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando en este acto con el carácter de madre de ..., en contra del ciudadano JOSE RAFAEL BLANCO ZAMORA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.979.952, residenciada en la calle 2, casa N° 4-40, Santa Bárbara Sector Centro, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira.-
Segundo: Se Aumenta la Obligación de Manutención a la suma de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES CON 00/100 (Bs. 300,0) MENSUALES, que es equivalente a un 34,12% del salario mínimo urbano.-
Tercero: En cuanto a los gastos de los meses de Agosto y Diciembre se mantiene lo acordado por ante la Fiscalía General de la Republica, Fiscalía 9.....