Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando en este Acto con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Declara:
PRIMERO: LA EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN ACORDADA A FAVOR DE LA ADOLESCENTE .... y que fuera solicitada por la ciudadana MIRNA FRANCOIZZE GARCÍA , venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-10.746.207, domiciliada en la Urbanización Los Ceibos Bloque 6 Piso 2 Apto N° 02-03, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira.-
SEGUNDO: Se ordena librar Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público respectivo especializado en la materia.-
Regístrese, diarícese y déjese copia para el archivo del tribunal.
JUEZ
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