Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Resuelve:
Primero: Se declara Extinguida la Obligación de Manutención a favor del Adolescentes ..., por haber Completado los Extremos del Artículo 383 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, en cuanto a la Mayoría de edad.-
Segundo: Se Extingue la Obligación de Manutención a favor de ..., por cuanto se encuentras bajo la Guarda y Custodia de su padre JONNY ALBERTO RAMIREZ DUQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-9.345.061.-
Tercero: Notifíquese a las partes y a la Fiscalia Especializada de Protección respectiva.-
Cuarto: En Consecuencia se acuerda oficiar lo conducente al patrono del obligado de autos.-
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