Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando en este Acto con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Resuelve:
Primero: Se declara Sin Lugar la solicitud de Cumplimiento de la Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana NERVA YAQUELINE ROJAS ALVIAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V14.281.086, domiciliada en El Barrio Urdaneta calle 3 N° 6-2, San Juan De Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando en nombre y en representación de su hijo .... en contra del ANDRIK JOEL ANSELMI MONTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-14.903.113, domiciliado en la Urbanización Los Ceibos Bloque 11 Apartamento N° 01-01, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira.
Segundo.....