Conforme con lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional, 887 del Código de Procedimiento Civil y 33 del la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, así como por los demás fundamentos de hecho, de derecho y jurisprudenciales ya expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: La Confesión Ficta del demandado, ciudadano PABLO DUEÑAS HERNANDEZ, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía 91.214.958, domiciliado en la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira.
SEGUNDO: Parcialmente Con Lugar la Demanda que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, fue incoada ante este Juzgado de Municipio por la ciudadana MARIBEL RUIZ DE DEPABLOS, asistida por la profesional del derecho Ingrid Ladyn Prada Ruíz, en contra del ciudadano PABLO DUEÑAS HERNANDEZ, todos suficientemente.....