PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de desalojo, incoada por la ciudadana LUCIA ESTELA PEÑA DE CHINOSME representada por el Abogado JOSE GREGORIO CHINOSME NAVARRO, contra el ciudadano HECTOR ARMANDO MONSALVE ROMERO, plenamente identificados en el cuerpo de la presente decisión.
SEGUNDO: En consecuencia de lo anterior, SE ORDENA el desalojo del inmueble que ocupa el demandado como arrendatario, consistente en un local comercial que forma parte del inmueble signado con el No. 15-71, ubicado en el Barrio San Carlos, calle 14 entre carreras 15 y 16, Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
TERCERO: SE CONDENA a la parte demandada HECTOR ARMANDO MONSALVE ROMERO, al pago de los meses demandados como insolutos, correspondientes a los meses: Del 14 de enero del 2008 al 14 de mayo de 2008, a razón de CIENTO CUARENTA BOLIVARES (Bs. 140,00) mensuales, para un total de QUINIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs. 560,00).
Sin embargo, el Tribunal se per.....