declara las presentes actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles a los ciudadanos ANAIS VERDUGO HERNANDEZ, ELENA VERDUGO HERNANDEZ y MANUEL VERDUGO HERNADEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 9.242.390, V- 11.372.167 y V- 9.243.790, en su orden, en su condición de hijos, el carácter de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus PABLO VERDUGO VERDUGO.