PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la demanda intentada por el abogado JESUS ARMANDO COLMENARES JIMENEZ, como apoderado del ciudadano JOSE GONZALO DELGADO LOPEZ.
SEGUNDO: Se condena al ciudadano CARLOS JULIO PERNIA MENDEZ, ya identificado, a que entregue libre de personas y cosas el terreno objeto del presente litigio, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NOR-ESTE: Con la asociación de Colegios de Profesionales del Estado Táchira (ACOPROTA) en parte y en parte con José Arevalo Belandria Sánchez, en noventa y cuatro metros con treinta centímetros (94.30 Mts); SUR: Con la calle 7 de la concordia, en sesenta y tres metros (63 Mts) y OESTE: Con el edificio Zarrilli, en sesenta y tres metros (63 Mts)
TERCERO: Se declara CON LUGAR, la demanda de tercería intentada por el ciudadano HERNANDO JOSE DUQUE LOPEZ, en consecuencia, se ordena a los ciudadanos CARLOS JULIO PERNIA MENDEZ y JOSE GONZALO DELGADO LOPEZ, que den cumplimiento a lo acordado en el contrato de Transacción debidament.....