Visto el contenido de la diligencia de fecha 18/10/2010, suscrita por la abogada YACQUELINE RODRIGUEZ OROZCO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 83.135, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, por una parte y por la otra, el abogado NESTOR ALVAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 129.330, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en la que la parte demandada manifiesta su voluntad de CONVENIR en la presente causa, y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como.....