REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

200° y 151°

Visto el contenido de la diligencia de fecha 18/10/2010, suscrita por la abogada YACQUELINE RODRIGUEZ OROZCO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 83.135, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, por una parte y por la otra, el abogado NESTOR ALVAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 129.330, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en la que la parte demandada manifiesta su voluntad de CONVENIR en la presente causa, y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme con lo solicitado expídase copia fotostática certificada de la presente homologación y desglósese el original del cheque que corre inserto al folio 15 del presente expediente y en su lugar déjese copia fotostática certificada. Para la elaboración del trabajo fotostático se autoriza al ciudadano MARIO MEDINA RAMIREZ,

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil diez . (27/10/2010). Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.



Abg. M.Sc. GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL


Abg. MARIA ESPERNAZA VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA