Por los razonamientos expuestos anteriormente, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por DESALOJO, ha instaurado el ciudadano JOSE ROBINSON SALCEDO PARADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.622.143 y de este domicilio, en contra de la ciudadana RITA ELENA LUNA GARCIA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-9.219.900. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso. A tenor de lo estipulado en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas. A tenor de lo estipulado en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.