Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanos HUGO EDSAIN PARRA MOLINA y MARÍA CELINA MOROS, titulares de las cédulas de identidad números V-12.232.448 y V-3.070.339, respectivamente, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por la ciudadana ELSA LEONOR GARCÍA GUILLÉN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-3.792.281, asistida por el abogado ARIEL GUILLERMO BECERRA CORDERO, quien actúa en nombre propio y en representación de los ciudadanos JULIA ELENA GUILLÉN DE GARCÍA, MIRIAM MARLENI GARCÍA GUILLÉN, LISBETTE CAROLINA GARCÍA FERNÁNDEZ, LISMAR BEATRIZ GARCÍA FERNÁNDEZ, LISET ANDREINA GARCÍA FERNÁNDEZ, SONIA ANTONIA FERNÁNDEZ DE GARCÍA, CARMEN EUMELIA GARCÍA GUILLÉN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-1.551.598, V-3.195.419, V-16.200.887, V-19.995.948, V-21.183.179, V-4.700.300 y V-3.792.282, respectivamente, la primera con el carác.....