Vista el acta de embargo realizada en fecha 15/06/2010, por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y suscrita por la parte demandante, ciudadano ADIB BEIRUTI BRACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.674.282, asistido por el abogado ADOLFON LEON BURGOS, inscrito en el inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 5.231, por una parte y por la otra, la parte demandada, ciudadano DUWEN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.506.467 y de este domicilio, en la cual la parte demandante, manifiesta que la parte demandada le canceló lo adeudado; por cuanto la misma equivale a un DESISTIMIENTO y se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CI.....