DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana LIBIA ISABEL MEDINA MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.190.031 contra el ciudadano ALEXANDER MALDONADO CASTIBLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 23.149.139 y de este domicilio y resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por las partes ante la Notaría Pública Segunda de San Cristóbal, Estado Táchira, el 20 de junio del 2005, bajo el N° 80, tomo 81, de los libros de autenticaciones. En consecuencia se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar a la parte demandante el inmueble objeto del presente litigio consistente en una casa para habitación, ubicada en vía El Mirador, Barrio Santa Elena, entre calles 4 y 5, carrera 1, casa S/N, San Cristóbal, Estado Táchira, libre de personas y cosas.
SEGUNDO: Pagar a la parte demandante la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs.300,oo) por concepto de cánones de arrendamiento adeudados correspondiente .....