Visto el contenido de la diligencia de fecha 28/06/2010, suscrita por los ciudadanos RAUL ANTONIO CHAPARRO CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.997.813, JORGE ENRIQUE ROLON VELANDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.568.216, DARZI YAMIRA VELASCO DE CHAPARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.640.627 y LUCY VIANEY HERNANDEZ DE ROLON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.679.765 todos de este domicilio, asistidos de la abogada BILMA CARRILLO MORENO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 129.288, en el que manifiestan su voluntad de CONVENIR en la presente demanda, y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la Repúblic.....