Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanas CARMEN CECILIA ARAQUE ROMERO y MARIA EDUVIGES FERNANDEZ DE MONTILVA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.222.468 y 9.024.944, en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por las ciudadanas ANDREA MELINDA RAMIREZ MENDOZA y YADILKA ALIXSANDRA RAMIREZ MENDOZA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad número 19.925.139 y 19.925.138, en su orden, y de este domicilio, asistidas por el abogado FRANKLIN ALBERTO PINEDA CARVAJAL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 8.153, en el cual expone que el día 17 de junio de 2009, falleció quien fuera su progenitor, ciudadano ANDRES RAMIREZ JAIMES, quien era titular de la cédula de identidad N° 1.525.417, según certificación expedida por el Dr. Enzo Cordoba, tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 636, expedi.....