En consecuencia, al no hacer oposición oportuna por parte del demandado, ciudadano JUAN FRANCISCO ZAMBRANO CAPOZZOLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.233.968 y de este domicilio, de conformidad con lo previsto en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, al decreto de intimación de fecha 12 de noviembre de 2009, inserto al folio 06y su vuelto, dictado en el proceso de Cobro de Bolívares, tramitado por el procedimiento de intimación, incoado en su contra por el ciudadano JUAN FRANCISCO ZAMBRANO CAPOZZOLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.233.968 y de este domicilio.